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OPINIONES

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    Rivelino Flores |

    rivelinof@hotmail.com Es QFB por la Facultad de Química de la UNAM, institución donde también cursó la maestría en Ciencias Químicas. Miembro del CNQFBM, del Comité de Expertos del Capítulo Generalidades de la FEUM y representante de la Canifarma como Voiting Organizational Member of USP. Vocero de México en el grupo farmacéutico del Consejo Empresarial de la Alianza del Pacífico. Fue supervisor de Producción del Área No Estéril de Laboratorios Schering-Plough y desde 2011 es director de Asuntos Regulatorios e Innovación de la Canifarma.

    Derecho a la salud


    01 September 2019

    La regulación es un importante instrumento para la implementación de la política sanitaria y, por ende, de la política farmacéutica

     

    A nivel internacional, la Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que “el goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano”.

    En México, el Art. 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, determina que “Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud”. Es así que la Ley General de Salud (LGS) es la que reglamenta el derecho a la protección de la salud que tiene toda persona en los términos de dicho artículo.

    Por otra parte, el Plan Nacional de Desarrollo, publicado el 12 de julio de 2019 en el Diario Oficial de la Federación, hace referencia al tema de la salud en algunos apartados. En lo correspondiente a Política y Gobierno, se establece la necesidad de garantizar empleo, educación, salud y bienestar como uno de los objetivos de la Estrategia Nacional de Seguridad Pública; mientras que lo concerniente a Política Social, en materia de salud para toda la población, se prefigura al Instituto Nacional de Salud para el Bienestar como el organismo responsable de lograr el objetivo de “garantizar que hacia 2024 todos los habitantes de México puedan recibir atención médica y hospitalaria gratuita, incluidos el suministro de medicamentos, materiales de curación y los exámenes clínicos”, al dar servicio en todo el territorio nacional a quienes no están afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social o al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

    En este escenario, cobra importancia estar atentos a la definición, materialización y ejecución de las políticas públicas orientadas a atender el derecho a la salud de los mexicanos. En general, se manejan criterios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad para evaluar el grado en el que se materializa dicho derecho y se logra el objetivo del grado máximo de goce.

    Como parte del concepto del derecho a la salud, se puede identificar la necesidad de contar con una política farmacéutica nacional. De acuerdo con la OMS, ésta debe ser parte integral de la política sanitaria nacional, sus objetivos generales son asegurar el acceso, la calidad y el uso racional de los medicamentos; puede estar vinculada con objetivos de orden económico, incluido el propósito de “incrementar la capacidad nacional de producción farmacéutica”, lo cual requiere la coordinación con otras entidades públicas “de salud, finanzas, comercio e industria”.

    En esta materia, la regulación se convierte en un instrumento para la implementación de la política sanitaria y, por ende, de la política farmacéutica.

    La atención de la salud incluye el uso de medicamentos y dispositivos médicos como parte de las intervenciones que el avance técnico-científico ha hecho posible para atender las necesidades de los pacientes y, con ello, ha contribuido a incrementar la esperanza de vida de la población, erradicar enfermedades, disminuir la tasa de mortalidad y morbilidad de algunas enfermedades y, en general, mejorar las condiciones de salud de la humanidad.

    En el caso particular de los medicamentos, cobran especial relevancia los conceptos de seguridad, calidad, eficacia, accesibilidad y asequibilidad, como las principales dimensiones que deben ser cubiertas satisfactoriamente para que los pacientes obtengan los beneficios esperados al hacer uso de medicamentos.

    En México, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) es la autoridad sanitaria que tiene la misión de “Proteger a la población contra riesgos a la salud provocados por el uso y consumo de bienes y servicios, insumos para la salud… mediante la regulación, el control y la prevención de riesgos sanitarios”, y dentro de sus facultades se encuentran proponer al secretario de Salud la política nacional de protección contra riesgos sanitarios, así como su instrumentación y ejercer el control y la vigilancia sanitaria de medicamentos y dispositivos médicos.

    Para la actuación de este ente, en México contamos con un marco legal que incluye, de manera enunciativa más no limitativa, la base establecida en el Art. 4 constitucional, la LGS, diversos reglamentos emanados de ésta como el Reglamento de Insumos para la Salud, diversas Normas Oficiales Mexicanas (como la NOM-220-SSA1-2016, Instalación y operación de la farmacovigilancia), acuerdos y lineamientos.

    Es así que la Cofepris tiene un rol fundamental para garantizar la seguridad, calidad y eficacia de medicamentos y dispositivos médicos, así como un impacto directo en la disponibilidad física de los mismos, derivado del tiempo requerido para llevar a cabo los procesos regulatorios correspondientes, entre ellos el registro sanitario, los permisos de importación, las visitas de verificación y tomas de muestra, entre otros.

    En conclusión, es importante mantener una visión holística para hacer realidad el derecho a la salud para todos los mexicanos, el goce del grado máximo de salud, en donde se atiendan todas las dimensiones requeridas, incluidas las que corresponden a los insumos para la salud, al ser la aplicación eficaz y eficiente de la regulación sanitaria a través de la Cofepris uno de los instrumentos necesarios para mantener una sólida garantía de seguridad, calidad, eficacia y oportunidad en la disponibilidad física de los medicamentos y dispositivos médicos que requiere nuestra población.

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